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SUBROGANCIAS REMUNERADAS

    San Martín, 11 de abril de 2012.-

 
 
Sra. Procuradora de la Suprema Corte de Justicia
de la Provincia de Buenos Aires
Dra. María del Carmen Falbo:
 
 
                        Tengo el honor de dirigirme a V.E. en mi carácter de Presidente de la Asociación de Funcionarios Letrados de la Provincia de Buenos Aires, constituyendo domicilio en la Defensoría General del Departamento Judicial de San Martín, a los efectos de hacerle llegar una problemática que aqueja a nuestros representados.-
 
                        Con reiterada cotidianeidad, frente al goce de licencias de parte de personal letrado de las dependencias del Ministerio Público, fundado en la inexistencia de una política institucional de reemplazo y/o cobertura de vacancias, y por orden de los Sres. titulares, quienes se desempeñan como compañeros de trabajo, deben absorber la labor de sus iguales, muchas veces cubriendo funciones de personal de diversa dependencia.-
                       
                        Ello se refleja necesariamente en un incremento del cúmulo de trabajo y la prestación de labor pos horario laboral, sin reconocimiento de índole alguna.-
 
                        Nótese que en algunos casos las licencias lejos de tratarse de una contingencia del momento, se extienden por varios meses como ser casos de licencia por maternidad o enfermedad, resultando cuanto menos injusto el incremento de la carga laboral a un letrado sin reconocimiento alguno.-
 
                        Ello no sólo conspira con la correcta administración de justicia, en tanto por obvias razones una persona no puede desempeñar de igual manera el trabajo que hasta el día anterior lo hacían dos, sino que contribuye a la proliferación de esas mismas licencias que cubría toda vez que por sobresaturación de tareas ese personal posiblemente sufra de estrés que conlleve a una nueva licencia, ahora en su persona.-
 
                        Lo expuesto concluye en la necesidad de adoptar una serie de medidas inmediatas:
1) Se establezca una política institucional de cobertura de licencias de los Sres. Letrados del Ministerio Público.-
2) Hasta tanto se materialice, se contemple la posibilidad de dictar una resolución mediante la cual se efectué una recomendación a los Sres magistrados integrantes del Ministerio Público Fiscal y de la Defensa, para que al momento de ordenar a los Sres. Secretarios, Auxiliares Letrados y/o Instructores Judiciales la cobertura de la actividad laboral de un igual, la orden sea dispuesta en forma expresa y escrita y dicha actividad extra sea reflejada en el legajo personal del funcionario.-
3) Se disponga un sistema de recompensas monetarias tendientes a retribuir la labor prestada al momento de cubrir vacancias, sea que ésta se cumpla en la misma dependencia o de extraña bajo las órdenes de diverso magistrado.-
 
                        Todo ello redundará una mejor y jerarquizada administración de justicia y posibilitará limitar la actividad laboral impartida por los superiores, pero bajo la premisa de un sistema justo y equilibrado de reparto de funciones.-
                        Dios Guarde a V.E..-