DESAFILIACION A IOMA
02.08.2014 19:22
AUTARQUIA. PROYECTO OBRA SOCIAL PODER JUDICIAL
En el marco del impulso en conjunto del Presidente de la Suprema Corte y el Gobernador Provincial en presentar un proyecto de ley que permita al Poder Judicial el manejo de los recursos, es que se presentó desde el Sindicato de Profesionales de la Justicia (APPJ) un proyecto de reforma a la ley de IOMA a los fines de permitir al Poder Judicial poseer un OBRA SOCIAL PROPIA DEL PODER JUDICIAL.
Se peticionó al Presidente de la Suprema Corte, Dr. Soria, gestione el tratamiento conjunto de ambos proyectos en base a la íntima relación de ambos.
La idea presentada consiste en ampliar la buscada independencia no sólo a las cuestiones administrativas, sino a una cuestión esencial como es la no afectación del salario de los agentes judiciales con la imposición de una obra social de parte del Poder Ejecutivo, que en los hechos no es utilizada, implicando sólo una rebaja salarial sorteada únicamente por los magistrados.
La creación de una obra social propia del Poder Judicial, permitirá a la Suprema Corte contar con una prestación médica de calidad ya que con idénticos recursos económicos a los hoy día descontados a la masa de asalariados judiciales, podría tercerizar el servicio en cualquier prepaga de primer nivel.
El art. 164 de la Constitución Provincial brinda la herramienta necesaria para ello, pues la elección de su organización interna mediante el dictado de reglamentos, abarcaba necesariamente la prestación médico asistencial de sus subalternos, vedando su imposición a restante poder estatal.
La obligación de garantizar la salud de los ciudadanos nace en cabeza de la Provincia. Pero en modo alguno ello debe ser mediante una afiliación compulsiva al IOMA (organismo creado por el Legislativo).
El Poder Judicial puede y DEBE tener su propia OBRA SOCIAL, a los fines de garantizar su independencia funcional, subsistiendo en cabeza del Estado Provincial la obligación de garantizar el derecho a la salud.
Desde el SINDICATO APPJ estamos sumando avales al proyecto de ley presentado, concurriendo en las próximas semanas a las dependencias judiciales de la provincia a tales efectos.
Se peticionó al Presidente de la Suprema Corte, Dr. Soria, gestione el tratamiento conjunto de ambos proyectos en base a la íntima relación de ambos.
La idea presentada consiste en ampliar la buscada independencia no sólo a las cuestiones administrativas, sino a una cuestión esencial como es la no afectación del salario de los agentes judiciales con la imposición de una obra social de parte del Poder Ejecutivo, que en los hechos no es utilizada, implicando sólo una rebaja salarial sorteada únicamente por los magistrados.
La creación de una obra social propia del Poder Judicial, permitirá a la Suprema Corte contar con una prestación médica de calidad ya que con idénticos recursos económicos a los hoy día descontados a la masa de asalariados judiciales, podría tercerizar el servicio en cualquier prepaga de primer nivel.
El art. 164 de la Constitución Provincial brinda la herramienta necesaria para ello, pues la elección de su organización interna mediante el dictado de reglamentos, abarcaba necesariamente la prestación médico asistencial de sus subalternos, vedando su imposición a restante poder estatal.
La obligación de garantizar la salud de los ciudadanos nace en cabeza de la Provincia. Pero en modo alguno ello debe ser mediante una afiliación compulsiva al IOMA (organismo creado por el Legislativo).
El Poder Judicial puede y DEBE tener su propia OBRA SOCIAL, a los fines de garantizar su independencia funcional, subsistiendo en cabeza del Estado Provincial la obligación de garantizar el derecho a la salud.
Desde el SINDICATO APPJ estamos sumando avales al proyecto de ley presentado, concurriendo en las próximas semanas a las dependencias judiciales de la provincia a tales efectos.